DECISION:
En fuerza de lo anterior este Juzgado Primero del Municipio Guanare de la ¿Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de
inspección extrajudicial interpuesta por el ciudadano VICENTE WILLIANS LINAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.093.351 y de este domicilio, asistido por la Abogada JOSEFINA MORON DE ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nro. 9.252.621, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 109.382 y de este domicilio, porque su pretensión de evacuar la misma para dejar constancia de los particulares a los que se contrae, resulta manifiestamente anticonstitucional e ilegal, porque el Tribunal no tiene jurisdicción en este asunto de inspección extrajudicial y por ende, tampoco tiene competencia en el ámbito territorial del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, porque aquí exis.....