DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: de conformidad con los artículos 12, 242, 243 y 506 del Código de Procedimiento Civil y el literal "a" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, sigue el ciudadano JUAN DE DIOS MONTES, contra el ciudadano CARLOS ALBERTO MONTILLA ORELLENA, ambos ampliamente identificados en autos, en consecuencia, debe la parte demandada proceder a la entrega material del inmueble objeto de la demanda el cual se constituye en un local comercial ubicado en la calle 15( avenida principal del barrio La Pastora entre calle N°01 del barrio El Progreso y Prolongación de la calle Don Pepe) sector Frutería La Única d.....