Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO de la presente solicitud de Únicos y Universales herederos que siguen los ciudadanos MARCELINA ANTONIA CARREÑO DE FERNÁNDEZ y MALAQUIAS ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 2.721.734 y V- 1.102.891, respectivamente, domiciliados en el Caserío La Rompía sector Suruguapo del Municipio Guanare estado Portuguesa, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JULIO R. FIGUERDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.097.853, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.977, de este domicilio. Y por cuanto el presente asunto no tiene pautado un procedimiento especial, se insta a la parte solicitante, a intentar.....