Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Reclamación de Daños Materiales derivada de accidente de tránsito sobre un vehículo cuyas características son las siguientes: placas: EW8067, serial de carrocería: 8Z1CR516X1V320522, serial de motor: X1V320522, marca: Chevrolet, modelo: Esteem, año: 2.001, color: Blanco, clase: Automóvil, tipo: Sedan, uso: transporte Público, N° de Puestos: 5, servicio: Taxis, propiedad del ciudadano JORGE KHAYLANI ACHI, venezolano, mayor de edad, soltera, Comerciante, titular de la cédula de identidad N° 14.333.676, de este domicilio, en contra del ciudadan.....