Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA DEMANDA POR DAÑOS MATERIALES interpuesta por el ciudadano LEONARDO ALBERTO RIVERO contra GUILLERMINA FERNANDEZ DE GONZALEZ y la Empresa Aseguradora NATIONAL MOTOR CORP. INC. DE VENEZUELA, quien deberá cancelar la cantidad de CUATRO MILLONES CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 4.100.000,00), más lo que resulte por los conceptos de indexación sobre el monto de la condena, la cual será determinada mediante una experticia complementaria del fallo tomando en cuenta los índices de precios al consumidor emanados del Banco Central de Venezuela; calculados desde la fecha en que ocurrió el accidente 30-01-2.004, hasta la fecha que se realice la experticia complementaria del fallo.
Se condena en costas a los co-demandados por haber resul.....