DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: María Belarmina Hidalgo Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.648.849, en representación de su hija: xx de 13 años de edad, contra el ciudadano: Américo Palma Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.152.294 y fija la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs.250,oo) mensuales y el doble de dicha cantidad en los meses de Julio y Diciembre de cada año e igual medicamentos cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Banfoandes en una cuenta de ahorro que será aperturada por la ciudadana Maria Belarmina Hidalgo Vásquez.
Por cuanto la sentencia se.....