DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Solanggi Valdez Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.723.328, en representación de su hijo xx, contra el ciudadano: Carlos Alberto Rondon Quevedo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.012.833 y fija la cantidad de un mil doscientos bolívares (Bs.1.200,00) y en los meses de septiembre y diciembre el doble de la cantidad, dos mil cuatrocientos bolívares (Bs. 2.400,00). Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en una cuenta de ahorro que será aperturada por la ciudadana Solanggi Valdez Montilla.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sell.....