DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: 1) SIN LUGAR la demanda que por acción reivindicatoria interpuso el ciudadano: Firmo Antonio Manzanilla, contra el ciudadano: Agapito Aldana Azuaje, sobre un bien mueble consistente en un vehículo de las siguientes características: PLACA: GDC214; SERIAL DE CARROCERIA FJ 40929524, SERIAL DEL MOTOR 2F523543, MARCA: TOYOTA, MODELO: Land Cruiser, AÑO:1981, COLOR. Dorado y Blanco, CLASE: Rustico, TIPO: Techo Duro, USO: Particular. 2)SIN LUGAR la reconvención propuesta por el ciudadano Agapito Aldana Aguaje.
Se deja sin efecto la medida de secuestro decretada por este tribunal en fecha 10 de Noviembre del 2005.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, de acuerdo al artículo .....