DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la revisión Obligación Alimentaría, solicitada por la ciudadana: Gladys Lucinda Monsalve, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.039.344, en representación de sus hijos xx y xx de 10 y 11 años de edad, contra el ciudadano: Henry Ramón Torrealba García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.649.312, y fija la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00) mensual y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre, más medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada en la cuenta de ahorro N° 0007-0106-88-0010000485, ante el Banco Banfoandes a nombre de la ciudadana Gladys Lucinda Monsalve.
Regístrese y publíque.....