DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la revisión Obligación Alimentaría, solicitada por la ciudadana: Miriam Yolanda Escalona Bastidas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.370.423, en representación de su hijo xx de 17 años de edad, contra el ciudadano: Adalberto Martínez Viera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.834.991, y fija la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs F. 500,oo) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de agosto y diciembre de cada año, más medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Banfoandes en una cuenta N° 0007-0106-82-0010000345 a nombre de la ciudadana: Miriam Yolanda Escalona Bastidas.
Por cuanto la s.....