Vista la conciliación entre las partes ciudadanos: AURIBEL COROMOTO HERNANDEZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Urb. Las terrazas, calle Nº 01, casa s/n, del Municipio Papelón, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-12.239.635 y el ciudadano: DARWIN JOSUE PULIDO PERAZA, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio obrero en Molipasa, domiciliado en Barrio el Cementerio, diagonal a la Biblioteca, Municipio Papelón, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-14.864.696, en el Juicio de Obligación Manutención, en beneficio de su hijo: XXXXX, en la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400,oo) mensuales, a partir del mes de febrero del presente año, y en el meses de septiembre y diciembre de cada año la Cantidad de Ochocientos Bolívares ( Bs.800,oo), para cubrir los gastos útiles escolares de ropa, zapato. En relación a los gastos de medico y medicinas, será responsabilidad de ambos padres, los cuales cubrirán el 50% de dichos.....