III
DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONVERTIDA EN DIVORCIO, la Separación de Cuerpos, solicitada por los ciudadanos: RAFAEL RICO BALTAN y ANA DOLORES GUZMAN, plenamente identificados, y decretada por ante este Juzgado el día tres de mayo de dos mil once (03-05-2011), según lo establecido en el Primer Aparte del artículo 185 del Código Civil en concordancia con el artículo 184 ejusdem. En consecuencia queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los prenombrados ciudadanos, según acta Nº 17 de fecha diecinueve de marzo de dos mil cinco (19-03-2005), por ante la Oficina de Registro Civil y Asuntos Comunitarios del Municipio Autónomo Guanarito, Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el Articulo 184 del Código Civi.....