DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Titulo Supletorio, presentado por el ciudadano: MARCELIO DE JESUS CORDERO, ya identificado, actuando en representación de la Asociación Civil "IGLESIA EVANGELICA LUZ DE LAS NACIONES", debidamente asistido del abogado EBAN RIGOBERTO NIETO CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 7.312.414, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 149.495.
Ahora bien, a los efectos de que los interesados ejerzan el recurso correspondiente contra la presente decisión, déjese transcurrir el lapso de cinco días de despacho, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.