DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DEL MUNICIPO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA,; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de los dispuesto en el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 366, 375 de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente, y del artículo 262 del Código de Procedimiento Civil y visto el convenimiento a que han llegado las partes involucradas en el presente procedimiento ciudadanos YULIO RAFAEL OROPEZA y LORENA DEL VALLE ALARCON, plenamente identificados en autos, en lo que concierne a la Fijación de la Obligación Alimentaria, Aprueba y homologa, EL PRESENTE CONVENIMIENTO. Así se declara.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de est.....