DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio propuesta por los ciudadanos: Luz MARY CARABALI GARCIA Y NOEL ANTONIO MARQUEZ, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Vigente. En consecuencia, bajo la premisa del Articulo 184 Eiusdem, queda DISUELTO él vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha Trece de Julio del Dos Mil, por ante la Prefectura Civil del Municipio Monseñor Jose Vicente de Unda del Estado Portuguesa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, sellada y firmada en la sala del Juzgado de Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito De la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En .....