Se HOMOLOGO CONCILIACIÓN entre las partes ciudadanos, en cuanto a la fijación de la Obligación Alimentaria se refiere por su competencia de este Juzgado y le da carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Organica de Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil.