Por estas razones de hecho y de derecho, l se Decreta la medida preventiva solicitada de prohibición De enajenar y gravar, sobre un inmueble propiedad de los codemandados: ZELDINA MARIA VERGARA y OMAR ANTONIO VELARDE HERNANDEZ, consistente en una casa, ubicado en el Barrio El cementerio, , en Boconoito, Jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, compuesto de dos (2) dormitorios, una (1) sala comedor, una (1) cocina, un (1) baño y servicios, piso de cemento, Techo de Acerolit, construido en Terreno Municipal y cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: Casa y solar de Cristóbal Villegas; SUR: Carrera Quinta; ESTE: Casa y solar de RafaelPáez;
OESTE: Solar y casa de Vicente Paúl. El Referido Inmueble esta protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guanare, en fecha 30 de Junio del año 1994, registrado en el Protocolo Primero, tomo 5to.segundo Trimestre, inserto bajo el número 15, f.....