DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de l a
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos ALICIA VITANIA MENDEZ AZUAJE Y ROMULO DEL CARMEN GONZALEZ,, en los términos por ellos acordados, quedando en consecuencia, la obligación alimentaria queda establecida en la cantidad de BOLIVARES CIENTO VEINTE MIL (Bs 120.000,oo) mensuales, que el padre entregara a la madre de los niños, en pagos quincenales de BOLIVARES SESENTA MIL (Bs 60.000,oo), ambos padres quedan obligados en igualdad de responsabilidades a colaborar con los gastos de sus hijas en cuanto a útiles escolares y uniformes, y el padre queda obligado a real.....