se acuerda lo siguiente:
1) Se ordena la retención de la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS MIL (Bs 200.000,oo) mensual, del sueldo que como trabajador de la Empresa Construcciones Yamaro C.A, devenga el ciudadano PANFILO ANTONIO MONTILLA, titular de la cédula de identidad numero 11.400.312, cantidad esta que se corresponde con la cantidad por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA PROVISIONAL MENSUAL que hasta ahora esta fijada ante este Tribunal, comenzando dicha retención a partir del ultimo del Mes de Junio del año 2007.
2) Librese oficio a la Empresa Construcciones Yamaro C.A. a los fines de que sean retenida esta cantidad de dinero en forma mensual por obligación alimentaria, y una vez retenida que sea depositada en la cuanta de ahorros numero 0007-0014-26-0010116185, a nombre del Tribunal del Municipio San Genaro de Boconoito según expediente numero 383-05 por Obligación alimentaria
3) Se ordena librar oficio al Tribunal Distribuidor del Municipio Irribarren de la Circunscripción Ju.....