DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando de manera desapasionada justa y proporcional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la demanda incoada por ante este Juzgado por el ciudadano GUILLERMO JOSE GARCIA GUERRA, en contra de los ciudadano JOSÉ EVELIO DIAZ CASTELLANO, ya identificado en autos, en su carácter de conductor del vehiculo numero 01 y la ciudadana EMILETS DEL CARMEN MORON CHINCHILLA, ya identificada, en su carácter de propietaria del vehiculo numero 01. SEGUNDO: Se condena a los demandados a pagar la suma de CINCUENTA Y DOS MIL (Bs. 52.000, oo) BOLÍVARES, por los siguientes conceptos: (I) la suma de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (BS. 31.500, OO), por concepto de "los daños materiales, reparac.....