DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los Ciudadanos NERIS DEL CARMEN BRICEÑO y CARLOS HUMBERTO SANCHEZ DIAZ, en los términos por ellos acordados. Por lo tanto la Obligación Alimentaria queda establecida en la Cantidad de BOLIVARES CIEN NOVENTA MIL MENSUALES (Bs 90.000, oo), tal como lo convinieron las Partes, cantidad esta que será depositada los primeros dias de cada Mes , Igualmente el Obligado Alimentario entregara a la madre del Adolescente, los meses de Septiembre de cada año, la cantidad de BOLIVARES CIENTO OCHENTA MIL (Bs 180.000,oo) para los gastos de Uniformes y Útiles escolares de el adolescen.....