En consecuencia este Juzgado Ejecutor de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: "Embargado preventivamente la cantidad de veinte mil cuatrocientos noventa y seis bolívares con veinte céntimos (Bs 20.496,20) de la cuenta corriente No 0120001309, en donde su titular es la demandada Asociación Civil Centro Social Luso Venezolano y en este mismo acto se le solicita al notificado ciudadano Héctor Montoya, gerente de la entidad bancaria donde se encuentra constituido el Tribunal que se expida cheque de gerencia por la cantidad aquí embargada preventivamente, a los efectos de ser depositado en la entidad bancaria Bicentenario Banco Universal de la ciudad de Acarigua estado Portuguesa con la apertura de una cuenta de ahorro a nombre de este Juzgado Ejecutor de Medidas, del dem.....