en consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:"La Entrega Material del Inmueble constituido por un casa de habitación ubicada en la avenida 1, con calle 5, N° 41 del Barrio La Batalla de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, libre de bienes y de personas a la apoderada actora Mirell Mea Di Giogia, quien estando presente expone: "Recibo conforme el bien inmueble anteriormente identificado libre de bienes y de personas, igualmente me reservo el derecho de señalar bienes propiedad del demandado en otro oportunidad por que en este momento no existen bienes propiedad del demandado es todo." El Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede siendo las 11:15 AM. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.