En este estado el tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconoito, Sucre y José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Embargo Ejecutivamente el Inmueble señalado y los productos del cafeto especificados igualmente señalados, se declara la Desposesión Jurídica de los bienes Embargados Ejecutivamente de la parte demandada y los deja en posesión y administración de la ciudadana María Nieto, representante legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A, ampliamente identificada al inicio del acta quien los recibe conforme. En este acto, la representante de la Depositaria Judicial, vista la designación recaída en su persona como Administradora de la Cosecha a efectuarse y del café cosechado y empacado expone: ¿Acepto el cargo de administradora y presto el juramento de Ley¿, Seguidamente el tr.....