De seguida, interviene la notificada informando que si existen dichas solicitudes y se encuentra en fase de solicitud de ejecución presupuestaria y los siguientes pasos son la elaboración de la orden de compra y luego la orden de pago.- Es todo. Oída la información suministrada por la notificada ciudadana NORMA PAGES, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara embargado preventivamente la cantidad de setenta y seis mil ochocientos noventa y un bolívares (Bs. 76.891,00)correspondientes al total de las solicitudes de ejecución presupuestaria señaladas y descritas anteriormente; declaro, la desposesión juridicade las mismas de la parte demandada . En este estado, toma la palabra el abogado actor y expone: Por cuanto el monto aquí embargado preventivamente no cubre la totalidad de la suma demandada, me reservo el derecho de seguir embargado bienes propiedad del demandado. Es todo......