En este estado la parte actora con la asistencia legal supra indicada solicita el derecho de palabra y concedídale como es, expone: “ Presente como se hace en este acto la ciudadana Demandada ELIGIA ANDREA MENDOZA VELA, ampliamente identificada en autos y a quien el Tribunal notifica de su misión; hemos sostenido conversaciones, las cuales han dado lugar a su convenimiento de pago en los siguientes términos: 1) La cantidad adeudada de Un millón setecientos cuarenta mil bolivares (Bs. 1740.000); más Quinientos mil bolivares por gastos de ejecución, del acto que se está llevando a cabo (Bs. 500.000); para una totalidad de Dos millones Doscientos cuarenta mil bolivares (Bs. 2.240.000 ) los cuales en este acto, la parte Demandada se compromete a cancelar en fecha 5 de mayo del presente año. Oferta de pago que la parte Demandante acepta; quedando entendido que la falta de cumplimiento del presente convenio dará lugar a la inmediata ejecución de la medida decretada, objeto de la presen.....