El Tribunal vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado Primero Ejecutor de Medida de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconcito, Sucre y José Vicente de Unda, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara Embargado Ejecutivamente el vehículo señalado por la Abogada Ejecutante, y suficientemente descrito; declara la disposición jurídica de la parte Demandada y lo deja en posesión de la Depositaria Judicial designada quien lo recibe conforme.- En este Estado el Tribunal inquiere al Perito Avaluador designado acerca del valor asignado al vehículo quien expone: “El vehículo Embargado Ejecutivamente tiene un valor de quince millones de Bolívares (Bs.= 15.000.000,00). Es todo. En este Estado el Tribunal oye a la ejecutante y concede el derecho de palabra presentado por la abogada quien expone: “ De acuerdo con las conversaciones sosten.....