Este Tribunal, visto lo expuesto anteriormente por las partes acuerda, lo solicitado por el actor dejando bajo la guarda y custodia al demandado los bienes embargados preventivamente, haciéndole el apercibimiento de ley, del deber de cuidarlos como un buen padre de familia, a los cual él manifestó su conformidad. Seguidamente el Tribunal, visto lo ofrecido por el demandado y la conformidad manifestada por la actora y por cuanto constituye un acto de auto composición procesal, convenio entre las partes, se acuerda remitir la presente comisión al Tribunal de la causa, a los fines de verificar el cumplimiento del demandado y las consecuencias legales del mismo. Se deja constancia que en este acto, estuvo presente una ciudadana quien manifestó ser la concubina del demandado de autos, negándose a presentar su identificación. El Tribunal, habiendo cumplido la misión encomendada, da por terminado el presente acto y acuerda el regreso a su sede, siendo las 3:30 pm, es todo, terminó, se leyó .....