En este Estado el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare San Genaro de Boconoito, Sucre y José Vicente de Unda del Primer circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, visto el señalamiento expuesto por la parte demandante, los términos del Decreto de Embargo Preventivo y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara Embargados Preventivamente los Bienes Muebles representados por los dos climatizadores anteriormente descritos; Declara la desposesión Jurídica de los mismos de la parte demandada y los deja en posesión de la depositaria Judicial designada al efecto, quien los recibe conforme.- En este estado el tribunal deja constancia que dichos bienes se encuentran instalados sobre una platabanda que conforma el techo de una parte modular de las instalaciones del club donde se esta llevando a cabo la ejecución de la medida; igualmente se hace constar que no se han ocasionado daños de ninguna naturaleza.- E.....