Acto seguido la ciudadana Clara Mujica, antes identificada, procede a consignar ante el tribunal un cheque de gerencia, de la cuenta corriente Nª 0108-2422-20-0900000015, a nombre de Jorge Alberto Barazarte Pieruzzini, por la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares (Bs. 25.000,oo) de la entidad bancaria Banco Provincial, a los fines de garantizar las resultas del juicio y para cancelar la deuda con el señor Jorge Alberto Barazarte por concepto de servicio de fletes, Seguidamente solicita la palabra el Abogado Cesar González, antes identificado y concedido expone: Aceptamos el pago que se nos hace en los términos antes expresados y damos por concluido el presente juicio, solicitando al juzgado de la causa homologue ésta negociación y que se nos haga entrega del cheque antes descrito. El Tribunal vista la manifestación de las partes y no ser contrario a derecho y habiendo realizado las partes una solución de conflicto, se acuerda lo manifestado aquí, deja constancia que se le hace entre.....