Seguidamente éste Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconoito, Sucre y José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando por Comisión, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el comitente declara forzosamente la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental relacionada con el cumplimiento a las Providencias Administrativas emanadas de la Inspectoría del Trabajo de Guanare estado Portuguesa, reenganche y los salarios caídos de los accionantes. Con la advertencia en la obligación en que está de dar cumplimiento inmediato y obligatorio a lo ejecutado aquí, so pena de conformidad con el artículo 31 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.