el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconoito, Sucre y José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el Tribunal Comitente, Declara Embargadas Ejecutivamente los bienes señalados, descritos e identificados y con un valor de Cien Mil Bolívares (Bs. 100.000) indicándole al demandado que debe mantener los bienes embargados y dejados bajo su guarda y custodia como un buen padre de familia por el lapso de cinco (5) meses.