el abogado Luis Gerardo Pineda, antes identificado, solicita el derecho de palabra y concedido como fue expone: ante la infructuosidad de la continuidad del embargo me reservo el derecho a seguir indicando bienes a éste Juzgado Ejecutor cuando así lo determine hasta satisfacer el monto total del embargo. Es Todo. Seguidamente el Tribunal Oída la manifestación del abogado actor y no habiendo bienes a señalar acuerda el regreso a su sede de origen.