En consecuencia; DECRETA LA NULIDAD del auto de admisión dictado en fecha 18 de Diciembre de 2006, de los carteles de notificación librados en fecha 20 de Diciembre de 2006 y las actuaciones realizadas por el Alguacil, en fecha 19 y 22 de Enero de 2007, cursantes a los folios, 09, 10, 11, 14, 15, 16 y 17, del presente expediente y ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de dictar auto de admisión mediante el cual se le concede a la parte co-demandada, el términod de la distancia. Todo ello de conformidad con los Artículos 05 y 06 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, aplicados por disposición analógica del Artículo 11 de la Ley ejusdem. Y Así Se Decide. Cúmplase con lo ordenado.