Este Tribunal por cuanto la presente transacción cumple con los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 de su Reglamento HOMOLOGA la anterior transacción y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las partes, con todas las consecuencias jurídicas que devienen de la presente transacción. Por constar en autos el pago integro de lo acordado se ordena el cierre y archivo del expediente. Se le hizo devolución de las pruebas consignadas por las partes en este acto. Se le concedió copia certificada a las partes.