En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia, EXTINGUIDO el procedimiento seguido con ocasión a la demanda que RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuso la ciudadana MARIELA GREGORIA DE LOS SANTOS GARCÍA, en su carácter de apoderada general de la Comunidad de Productores de Futuragro, C.A., asistida por el abogado LUIS ENRIQUE CALLES, contra el ciudadano ALEYDE OMAR QUIÑÓNEZ.