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viernes, 07 de diciembre de 2007
RESOLUCIÓN NÚMERO 2007-14
Guanare, 7 de diciembre del año 2007.
Años 197° y 148°
El Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Guanare, por intermedio de la ciudadana GABRIELA BRICEÑO VOIRIN, titular de la cédula de identidad personal número V-11.540.500, en su carácter de Coordinadora del Trabajo designada como tal en sesión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 8 de noviembre del año 2005, actuando en ejercicio de la función administrativa del Poder Judicial tal como lo prevé el artículo 2 de la resolución número 2003-262 originada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 13 de octubre del año 2003 en donde se crea la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa:
TOMANDO EN CONSIDERACIÓN que la Presidencia de la República facultada por la Asamblea Nacional para ello, sancionó el 26 de noviembre pasado el "DECRETO NÚMERO 5.693 CON VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE METROLOGÍA LEGAL", publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 38.819 en fecha 27 de noviembre del cursante año de 2007.
TENIENDO MUY EN CUENTA la importancia de la normativa dictada, entre la que se establece como la hora legal en el territorio nacional la del Meridiano de Greenwich, disminuida en cuatro horas y treinta minutos, hora que entrará en vigor el 9 de diciembre de 2007 a las 03:00 horas (3 de la mañana) para todos los efectos legales y de orden oficial, por lo cual deberá retrasarse en treinta minutos la hora en los relojes de servicio público para que registren el mencionado cambio.
ATENDIENDO al principio de cooperación entre los distintos órganos del Poder Público, es deber de esta sede judicial preparar la implementación del cambio en el huso horario dentro del ámbito de su competencia, para asegurar la adecuada ejecución normativa, al tanto que difundir la entrada en vigor de la nueva hora legal entre la población de usuarios, usuarias, abogados, abogadas y justiciables en general para facilitar su adaptación a la nueva hora.
ENTENDIENDO la responsabilidad de este Circuito Judicial de apoyar diligentemente la ejecución del Decreto-Ley en cuestión, consistente (entre otras) la de prestar la colaboración necesaria que facilite el cumplimiento de su objeto.
RESUELVE:
Artículo 1. Hora oficial.
Participar a todos los usuarios, usuarias, abogados, abogadas y justiciables en general que a partir del lunes 10 de diciembre del año 2007 la hora que señalarán los relojes ubicados en este Circuito Judicial, será la hora que marca Meridiano de Greenwich, disminuida en cuatro horas y treinta minutos, tal como lo establece el artículo 18 del "DECRETO NÚMERO 5.693 CON VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE METROLOGÍA LEGAL", publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 38.819 en fecha 27 de noviembre del cursante año de 2007.
Artículo 2. Ajuste de hora.
Instar a todos los usuarios, usuarias, abogados, abogadas y justiciables en general, a ajustar atentamente la nueva hora del territorio nacional, en la fecha y hora mencionada en la parte motiva de este acto administrativo, para que todas y todos puedan asistir con puntualidad a los diferentes actos procesales fijados por los distintos juzgados de este Circuito Judicial, para lo cual deberán tomar en cuenta las consecuencias jurídicas pautadas en la ley derivada de la impuntualidad y eventual incomparecencia.
Artículo 3. Preparativos para el ajuste de hora.
Se ordena a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial organizar todo lo necesario para el ajuste de la nueva hora legal en este Circuito Judicial, como para adelantar todas las gestiones conducentes ante la Dirección Administrativa del estado Portuguesa (Oficina de Apoyo Técnico / Área Informática) y realizar las acciones necesarias en los servidores para colocar la nueva hora en el Sistema de Gestión
Fecha de Publicación:
07/12/2007
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