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lunes, 05 de noviembre de 2007
RESOLUCIÓN NÚMERO 2007-12
Guanare, 5 de noviembre del año 2007.
Años 197° y 148°
RESOLUCIÓN NÚMERO 2007-12
El Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Guanare, por intermedio de la ciudadana GABRIELA BRICEÑO VOIRIN, titular de la cédula de identidad personal número V-11.540.500, en su carácter de Coordinadora del Trabajo designada como tal en sesión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 8 de noviembre del año 2005, actuando en ejercicio de la función administrativa del Poder Judicial tal como lo prevé el artículo 2 de la resolución número 2003-262 originada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 13 de octubre del año 2003 en donde se crea la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa:
TOMANDO EN CONSIDERACIÓN que fue recibida en esta sede administrativa a través del medio informático conocido como correo electrónico procedente de la Sala de Casación Social del Alto Tribunal, la convocatoria para asistir a la reunión periódica número 33 de Coordinadores Laborales, la que tendrá lugar en el edificio "Centro Financiero Latino" el viernes 9 de noviembre hogaño en la ciudad de Caracas, D.C.
TENIENDO MUY EN CUENTA la importancia que este encuentro reviste, pues es el medidor de la gerencia judicial en la jurisdicción laboral venezolana, revisando los indicadores de gestión en cada región, estudiando soluciones conjuntas y agregando valor al acto de administrar justicia con el seguimiento y supervisión necesarios para garantizar plena y efectivamente el éxito de la misión encomendada por la República.
ENTENDIENDO el deber que tiene la Jueza Superiora Primera del Trabajo local quien encarna a su vez la figura de Jueza Coordinadora de este Circuito Judicial, de asistir puntualmente a esta reunión y rendir cuenta de su gestión, tal como se lo exige la Máxima Norma Constitucional a los órganos del Poder Público.
EN ARAS DE garantizar plena y efectivamente a los justiciables la certeza y seguridad jurídica en los procesos en curso llevados ante el Tribunal Superior Primero del Trabajo local.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO.
No despachar ni dar audiencia en el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, en su sede de la ciudad de Guanare, los días 8 y 9 de noviembre, para que la ciudadana Jueza Superiora y Coordinadora Laboral se traslade y asista a la reunión periódica número 33 de Coordinadores Laborales.
Es dada en la ciudad de Guanare en la fecha indicada al inicio.
Désele la publicidad requerida.
GABRIELA BRICEÑO VOIRIN
Jueza-Coordinadora de Circuito
Va sin enmienda.
J.R. González Nava.
Autor: Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare
Autor:
Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare
Fecha de Publicación:
05/11/2007
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