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martes, 08 de abril de 2014
EN PORTUGUESA ENTRARON EN VIGENCIA LAS RESOLUCIONES Nº 2013-0006, DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2.013, Y Nº 2.014-0009, DE FECHA 12 DE MARZO DEL 2.014, EMANADAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
A partir del lunes 07 de abril del presente año, la Coordinación Civil del estado Portuguesa en aplicación de las Resoluciones Nº. 2013-0006, de fecha 20 de febrero de 2.013, y Nº 2.014-0009, de fecha 12 de marzo del 2.014, emanadas de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y cumpliendo con las directrices emanadas de la Coordinación Adjunta de la Comisión de Implementación de los Circuitos Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito a nivel nacional, comenzó a aplicar la Resolución dictada por el máximo Tribunal, mediante la cual se le atribuyó competencia ordinaria a los Tribunales de Municipio Ejecutores de Medidas y a los Tribunales de Municipio Ordinarios para actuar como Ejecutores de Medidas en todo el territorio nacional
En los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas donde no se cuenta con un sistema informático, progresivamente se implementará el Sistema Informático para la distribución automatizada de las causas o comisiones, quedando encargada la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a través de la Oficina de Desarrollo Informático, de realizar los ajustes al Sistema de Distribución de Causas, así como la implementación progresiva del nuevo Sistema Informático.
Con la entrada en vigencia de esta Resolución queda modificada la nomenclatura de dichos Tribunales, los cuales a partir del día 07 pasaron a ser denominados "Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas", señalándose en dicha denominación el territorio donde sean competentes y el número del Tribunal en caso de existir más de uno en el mismo municipio.
Fecha de Publicación:
08/04/2014
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