DISPOSITIVA
En base a los precedentes anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada por los ciudadanos Yesenia Coromoto Villegas Mena, ampliamente identificada en autos, debidamente asistida por la Abogada María Milagros Quintero Lorin, y por la otra el ciudadano Jesús Javier Mejías Hidalgo, asistido por el Abg. Wuilian Fernández García, todos ampliamente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 256 eiusdem.
En virtud de lo anterior, se da por terminado el juicio, más no se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en auto el cumplimiento total de las condiciones establecidas en la transacción homolo.....