PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de los abogados RAFAEL RAMÍREZ MEDINA y RAFAEL JOSÉ RAMÍREZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casado el primero y soltero el segundo, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidades Nros V-8.055.289 y V-26.077.326, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números Nº 25.890 y 308.668 respectivamente; en cuanto a que se declare extemporánea la oposición interpuesta por el apoderado del intimado, por cuanto la comparecencia del apoderado sin facultad expresa para darse por citado no es hábil para iniciar el cómputo del lapso de defensa.
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición de la intimación y retasa solicitada por los apoderados judiciales HERENIA DEL CARMEN BAPTISTA DE RINCÓN Y MARIO JAVIER BETANCOURT COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros V-8.767.790 y V-10.052.798, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números .....