Por lo anteriores razonamientos, este este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se aprueba la HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO A ESTA DEMANDA, presentado por los ciudadanos: BERTHA ROSA ÁLVAREZ GARCÍA y CARLOS ALBERTO TERÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-9.254.193 y V-10.724.888 correlativamente (parte demandada), en la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, el cual dio origen al presente proceso con fundamento en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en los artículos 1133, 1159 y 1364 del Código Civil. En consecuencia, SE TIENE LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO el instrumento que se acompañó como documento fundamen.....