D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte del ciudadano FRANCO OVIDIO GONZÁLEZ, debidamente asistido por el abogado RAÚL ALBERTO FRAIZ SARMIENTO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 223.657, con relación al contenido y la firma que suscribe el instrumento privado contentivo de una venta pura y simple, perfecta e irrevocable a la ciudadana KARLA KATIUSKA SORONDO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-28.094.830, civilmente hábil y de este domicilio, un inmueble de mi única y exclusiva propiedad, constituido por una vivienda con su parcela de terreno propio, distinguido con el C19-18, de la Urbanizac.....