Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por desafecto, propuesta por la Abogada en ejercicio, MARIA DE LOURDES CASTILLO SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°11.401.824, inscrita el Inpreabogado bajo el N°135.863, quien actúa como Apoderada Judicial del ciudadano: SERVANDO JOSE ROBLES BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°18.297.731.Todo de conformidad con lo establecido en los artículos, 26, y 257 de la Constitución Nacional, artículos 184 y 185-A del Código Civil, 168 del Código de Procedimiento Civil, sentencias Nros 1070 y 1248 de carácter vinculante de Sala Constitucional del Tribunal Supremo d.....