DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los JHONNY JOSE NADAL JIMENEZ y HABEL DAMARY TORREALBA BLANCO, Venezolanos, mayores de edad, el titulares de las cédulas de identidad N° V- 16.861.682 V- 22.107.914, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 09-09-2019, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 157, folio 159, TOMO I ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino Estado Portuguesa y al Registro Principal del Estado Portuguesa; de la presente Sentencia, una vez quede firme la misma, anexánd.....