DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA CUANTIA para conocer de laDEMANDA DE CONTENIDO PATRIMONIAL POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PREJUICIOS, interpuesto por el Abogado ALEXIS JOSE AGRAIS FERNANDEZ, de la cédula de identidad Nº V-19.376.806, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 319.742, actuando en su propio nombre y en representación de la Sociedad Mercantil AGROMAGGI, C.A, demanda ejercida contra laCORPORACION DE DESARROLLO AGRICOLA S.A. (DELAGRO).
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA EN LA SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 numeral 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para ello, s.....