DISPOSITIVA.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgador, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: IMPARTE LA HOMOLOGACION al convenimiento efectuado en la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO interpuesta por la ciudadana JETSILETH ANTONIETA COLMENAREZ DE COVAULT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.964.581, domiciliada en la ciudad de Araure, estado Portuguesa, numero de teléfono 0424-5065160, debidamente asistida por la abogada PATRICIA DEL SOCORRO CANTILLO ESTRADA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 233.875, contra de los ciudadanos JANNYS YALIANA AZUAJE CABRERA y JESUS ALBERTO VILCHEZ PIÑA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cedulas de identidad números V-16.861.408 y V-15.077.575, la primera domiciliada en la Urbanización Misia Amelia, Calle 12, casa N° 1-59, de la ciudad de Araure, municipio Araure,.....