DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Sede Acarigua actuando en sede constitucional, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado JESUS SALVADOR RIVAS ESCORCHE, en representación del ciudadano WILMER ANTONIO ESCORCHA GRANADILLO contra el ciudadano NICOLAS ERASMO CACCIA ARIAS, en condición de co –heredero y administrador, de la entidad patronal finca "MATA E CAÑA.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.