-XIII-
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes explanado, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha12 de mayo de 2026, por el abogado GARABE J. BAGHDIKIAN, contra el auto dictado en fecha 07 de mayo de 2026, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual declaró: IMPROCEDENTE, la inepta acumulación de pretensions delatada por la representación judicial del demandado.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 07 de mayo de 2026, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el.....