DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a las ciudadanas MARIANNEL ELIENAR BRAVO PACHECO y MARIANLLEL ELIENAY BRAVO PACHECO venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.965.280 y 16.965.276 como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS sobre sobre los bienes dejados por la causante ESTHER MARÍA PACHECO ARANGUREN, quien en vida era venezolana, portadora de la cédula de identidad N° V-5.946.726, de 69 años y residía en el Sector Santa Fe, calle 2. Casa Nº 29, Parroquia Santa Fe, Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, fallecido ab-intestato el día 01 de Julio del 2024, según consta de Acta de Defunción Nº 768, expedida por el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa. Así se Decide y Establece.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de este Tribunal.
EL JUEZ, .....